La Ley Orgánica de la UNAM (1945) hace referencia a la educación en muy contadas ocasiones, no obstante que la universidad es una institución predominantemente educativa; establece que la universidad tiene como primera finalidad “impartir educación superior para formar profesionistas, investigadores, profesores universitarios y técnicos útiles a la sociedad”. ¡Párese de contar! La ley no va más allá de considerar la educación superior como impartición, además de incorporar el término sociedad, tan impreciso y ambicioso.